OBLIGACIONES NACIDAS DE UN DELITO
Es un hecho ilícito con carácter de falta, de donde nace un daño y se origina la obligación de repararlo.
SUCESION POR CAUSA DE MUERTE
La sucesión por causa de muerte, es un modo de adquirir la universalidad de los bienes, derechos y obligaciones de una persona difunta o de una cuota de ellos o una o más especies o cuerpo cierto o uno o más individuos indeterminados de un género determinado.
LA HERENCIA
No es otra cosa que la sucesion en todos los derechos que tuvo el causante.
DELATACION DE LA HERENCIA
La herencia se delata cuando alguno es llamado a recogerla.
FORMA DE LOS TESTAMENTOS
Esta forma sufrio una trasformacio que le dio caracteres mas definidos: al lado de la mancipatio,que se conservo solamente como uan ritualidad, el testador delarava familiae emptor, en precencia de los testigos y del libripens, que disponia de sus bienes para despues de su muerte en los terminos contenidos de las tablas que le presentaban.
FORMAS DEL TESTAMENTO EN EL DERECHO JUSTINIANEO
En esta epoca el testamento podia ser publico o privado.
TESTAMENTOS EXTRAORDINARIOS
En ciertos y determinados casos, se permitia en atencion a sircunstacias extraordinarias, otorgar testamento sin la observancia de la plenitud de las formas ordinarias.
DE LA INSTITUCION DE HEREDERO
No podia haber testamento sin que en el se instituyera uno omas herederos capases de serlo es, que tubieran la factiu testamenti pasiva.
LEGADOS
Se denomina legado o manda al acto a través del cual una persona, en su testamento, decide repartir una parte muy concreta de sus bienes a otra persona determinada (como gonzalin). Hablamos en todo caso de bienes individuales, y no de porciones del patrimonio.
También recibe por extensión ese nombre el conjunto de bienes que son objeto del legado.
La persona que recibe un legado es denominada legatario y, normalmente, tiene menos derechos que un heredero a la hora de la administración y defensa del caudal hereditario. En caso de pleito, por ejemplo, los herederos pueden representar al patrimonio hereditario en juicio, pero no los legatarios. Otra limitación del legatario es que no tiene derecho a acrecer.
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL FIDUCIARIO
El fiduciario era tratado como heredero mientras no se efectuara el traspaso.
SENADOCONSULTO ORFICIANO
Segun la ley de semviral, los hijos no eran llamados a la sucesion de la madre, a menos que esta se encontrara in manu mariti, pues entoces se consideraban la madre y los hijos como hermanos y los hijos heredaban en calidad de hermanos en la clase que les correspondia.
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